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BASES DEL SORTEO “SORTEO REGALO JAECOO 7 SHS AGOSTO

En Madrid, a 01 de agosto de 2025, OMODA MOTORS SPAIN S.L.U. sociedad domiciliada en Módulo 1 de la planta baja, Avda. Bruselas 36, 28108, Alcobendas, Madrid, con CIF B56485493 (en adelante, “JAECOO”), realizará, en colaboración con los Concesionarios OMODA & JAECOO de España (“Concesionario Oficial” o “Concesionarios Oficiales”), un sorteo cuyo premio consistirá en la entrega del precio oficial de compra de un vehículo “JAECOO 7 Híbrido Enchufable” (“JAECOO 7 SHS” o “JAECOO 7 PHEV”), según los términos y condiciones indicados a continuación (“bases” o “bases legales”), el cual quedará sujeto al cumplimiento de las condiciones siguientes, y que tomará el nombre de “Sorteo REGALO JAECOO 7 SHS AGOSTO” (en adelante el “SORTEO”).

PRIMERA. - OBJETO

JAECOO, en calidad de organizador y en colaboración directa con los Concesionarios Oficiales, sorteará un premio que consistirá en la devolución del importe de un vehículo modelo JAECOO 7 PHEV (cualesquiera de sus acabados), incluyendo descuentos, gastos de matriculación, impuestos, gastos de gestión y cualquier otro asociado (“Importe Oficial del Vehículo”). A los efectos del presente SORTEO, se entenderá por “Importe Oficial del Vehículo” el precio total efectivamente pagado por el cliente que resulte ganador y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases legales, de acuerdo con la documentación oficial emitida por el Concesionario Oficial en el momento de la adquisición del vehículo. El SORTEO queda sujeto al cumplimiento íntegro de los términos y condiciones que se regulan en las presentes bases legales (“Bases”), en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa aplicable, según se indica en la cláusula decimosegunda. EL SORTEO se celebrará el día 12 de septiembre de 2025, en la Notaría designada por JAECOO.

SEGUNDA. – PARTICIPANTES O USUARIOS

Podrán participar exclusivamente quienes cumplan todas las siguientes condiciones (en adelante el “Usuario” o los “Usuarios”): 1. Ser persona física y mayor de 18 años. 2. Ser residente en territorio español, provisto de Documento Nacional de Identidad en vigor y/o Número de Identificación Fiscal de Extranjeros y tarjeta de residencia en España en vigor. 3. Disponer de oferta solicitada en Concesionario Oficial entre el 1/08/2025 y el 31/08/2025. 4. Realizar la compra íntegra del vehículo en Concesionario Oficial y disponer del contrato de compraventa de un JAECOO 7 PHEV entre el 1/08/2025 y el 31/08/2025. 5. Tener el vehículo matriculado antes del 10/09/2025. Con la aceptación de estas bases, los Usuarios del SORTEO deberán seguir las instrucciones del SORTEO, que será publicado a través de la de la página web de JAECOO: https://www.jaecoo.es Sólo podrán participar quienes cumplan los requisitos descritos en estas Bases y las acepten sin reserva alguna, y todo ello, teniendo en cuenta las exclusiones que se indican en la Estipulación 10ª, quedando descartados y no aptos para participar en el SORTEO quienes no cumplan con uno o algunos de estos requisitos.

TERCERA. - PREMIO Y ELECCIÓN DEL GANADOR

El premio consistirá en la entrega del Importe Oficial del Vehículo (en adelante el “Premio”), de acuerdo con lo establecido en la Estipulación 1ª. La entrega de dicho importe se realizará, por compensación, tras la suscripción por el Usuario ganador, del correspondiente contrato de compraventa del vehículo en Concesionario Oficial. El importe del Premio se entrega conforme a lo establecido en la Estipulación 12ª, una vez aplicado por JAECOO la retención fiscal correspondiente del 19% sobre el importe bruto del premio, o la que aplique en el momento del pago del Premio, según la normativa aplicable vigente. El ganador se elegirá de forma aleatoria entre los usuarios que participen en EL SORTEO publicado a través de la página web y redes sociales. El sorteo se realizará a través de Notario designado por JAECOO. A cada participante se le asignaría un número aleatorio y se seleccionará el ganador por sorteo en base a ese número asociado. El Premio es personalísimo, no será transferible, ni de forma gratuita ni onerosa; es decir, el Premio no podrá cederse, venderse, regalarse, subastarse y/o ser objeto de cualquier otra actividad que permita obtener un rendimiento económico al ganador y/o transferirlo a un tercero. La vulneración de esta obligación supondrá la pérdida del derecho de redención del Premio, sin que el Usuario tenga derecho a percibir compensación alguna. Los datos proporcionados por los Usuarios deben ser exactos y veraces para la correcta ejecución del sorteo, dicho lo cual, JAECCO no responderá de los daños y perjuicios causados por la incorrección, inexactitud o falsedad de los datos facilitados por el Usuario en el momento de registrarse o que facilite con posterioridad. Asimismo, y a título enunciativo, JAECOO no responderá en caso de que el Usuario no pudiera disfrutar de su Premio por un motivo imputable a terceros.

CUARTA. - MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES O CANCELACIÓN DEL SORTEO

Excepcionalmente, y por motivos debidamente justificados, JAECOO se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las presentes Bases, así como cualesquiera otras condiciones generales o particulares, reglamentos de uso, instrucciones o avisos que resulten de aplicación, con el compromiso de comunicar y dar publicidad a las nuevas bases legales y condiciones con la suficiente antelación, o, en su caso, la anulación definitiva, en idénticos medios y soportes utilizados para la difusión de EL SORTEO. Si por cualquier causa de fuerza mayor fuera preciso alterar las condiciones de EL SORTEO, JAECOO se reserva el derecho de llevar a cabo tal modificación, comunicándolo al Usuario ganador definitivo. En tal caso, el ganador podrá renunciar a su Premio, sin que ello genere ningún derecho o compensación.

QUINTA. - DERECHO DE ELIMINACIÓN Y DESCALIFICACIÓN DE LOS USUARIOS

JAECOO se reserva el derecho de descalificar o eliminar a los usuarios que actúen de forma abusiva y fraudulenta, o que engañasen, ocultasen o falseasen los datos de participación, registro o su identificación para acceder a EL SORTEO, falseasen o manipulasen el procedimiento para inscribirse o incumpliesen alguna de las condiciones de estas Bases. Ante cualquier hecho o sospecha por parte de JAECOO de EL SORTEO de que algún usuario, o terceras personas, están alterando cualquier aspecto mediante cualquier procedimiento o manipulación, dicho usuario será descalificado/eliminado, aún en el caso de que consiga participar y/o ganar, no estando obligado JAECOO a notificar la descalificación. A este respecto es importante añadir que JAECOO ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación con el objetivo de lograr el premio de forma ilícita. JAECOO se reserva también el derecho de eliminar a cualquier usuario en el caso de que se sospeche que está impidiendo el normal desarrollo de EL SORTEO alterando ilegalmente su participación o las de terceros mediante cualquier procedimiento técnico o informático o que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y la legislación vigente. Todo ello se entiende, sin perjuicio de las acciones legales que en derecho le correspondan a JAECOO contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación, alteración o falsificación de EL SORTEO.

SEXTA. – COMUNICACIÓN DEL PREMIO Y ACEPTACIÓN POR EL GANADOR

JAECOO notificará al ganador a través del Concesionario Oficial en el que haya realizado la compra oficial del vehículo. La comunicación se realizará mediante una llamada telefónica y un posterior email confirmativo. Si, en un plazo de dos días hábiles el ganador no confirmase la recepción de la comunicación, y aportase los datos solicitados en el mensaje remitido por vía correo electrónico, o mediante su personación en el Concesionario Oficial para la aceptación del Premio, éste se declarará DESIERTO, sin derecho a compensación alguna. Los Usuarios entienden y aceptan que la entrega del Premio no se hará necesariamente de forma inmediata, estando sujeta a la disponibilidad por JAECOO del vehículo, así como a la realización previa de los trámites de gestión y de matriculación del vehículo a favor del ganador, por lo que, una vez entregado el vehículo objeto de compra, notificado el Premio al ganador y aceptado por éste ganador, JAECOO procederá a la compensación del Premio de acuerdo a lo establecido en estas Bases.

SÉPTIMA. - DERECHOS DE IMAGEN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Con la participación y aceptación de estas Bases, los Usuarios en EL SORTEO autorizan de forma expresa y gratuita a JAECOO y los Concesionarios Oficiales, a reproducir, difundir y publicar su nombre y apellidos en Internet, medios de prensa escrita, radio, televisión, Internet, blogs y RRSS, que tenga por objeto cualquier aspecto relativo a su participación en EL SORTEO y para las actividades promocionales de JAECOO, a través de cualquier medio, modalidad y formato; todo ello sin ningún tipo de limitación temporal y sin que haya lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación para los Usuarios. De conformidad con en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, Le informamos que OMODA MOTORS SPAIN S.L.U. sociedad domiciliada en Módulo 1 de la planta baja, Avda. Bruselas 36, 28108, Alcobendas, Madrid, con CIF B56485493 (en adelante, la “Sociedad”) tratará sus datos personales sobre la base de su propio consentimiento, mediante la participación en EL SORTEO, para facilitar la solicitud del Usuario para participar y gestionar el mismo, para la comunicación del ganador y la entrega del Premio, así como para recibir comunicaciones pertinentes por medios electrónicos. Sus datos serán tratados el plazo necesario para cumplir la finalidad anteriormente descrita y podrán ser cedidos a compañías colaboradoras o proveedoras de servicios necesarios, así como al Concesionario Oficial que usted haya elegido para la entrega del vehículo y/o a terceros necesarios en caso de obligación legal. Usted podrá ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento y oposición dirigiéndose a la sociedad a través de privacy@omodaes.com. Para cualquier cuestión relacionada con sus datos podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección: dpo@omodaes.com. Por último, le informamos de que tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que se ha cometido una infracción de la legislación en materia de protección de datos respecto al tratamiento de sus datos personales.

OCTAVA. - ATENCION AL CLIENTE

Los usuarios podrán contactar con JAECOO por correo electrónico a la dirección https://jaecoo.es/contacto/ o por correo postal mediante escrito dirigido a OMODA MOTORS SPAIN S.L. a la dirección Avda. Bruselas 36, 28108, Alcobendas, Madrid.

NOVENA. - CAMBIO DE PREMIO

El Premio objeto de la presente promoción, en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación económica a petición del ganador.

DÉCIMA. - LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN

No podrán participar en la presente promoción los empleados del grupo OMODA/JAECOO, ni de ninguna de las empresas y Concesionarios Oficiales que intervienen en esta promoción, así como tampoco familiares (de tercer o inferior grado, por consanguinidad o afinidad) de éstos, ni en general las personas jurídicas, las personas físicas no residentes en España incluidas las Islas Canarias, Ceuta, Melilla y los menores de 18 años. A efectos del SORTEO se entenderá un solo participante que hubiera realizado una compra de un vehículo JAECOO 7 PHEV durante el mes de agosto

UNDÉCIMA. - ACEPTACIÓN DE LAS NORMAS. RESPONSABILIDADES.

Las decisiones de JAECOO serán inapelables y legalmente vinculantes, no pudiendo ningún usuario impugnar la decisión tomada por JAECOO respecto a la interpretación de estas Bases. Por el mero hecho de participar en EL SORTEO, los usuarios aceptan expresamente las presentes Bases y reconocen estar obligados a su cumplimiento. Cualquier manifestación en sentido contrario, es decir, de no aceptación de estas Bases, implicará la exclusión de dicho usuario, por lo que se recomienda su lectura antes de participar. JAECOO no será responsable frente aquellos usuarios que no puedan acceder a Internet o no puedan navegar adecuadamente por cualquier periodo de tiempo, con independencia de que lo anterior sea debido a problemas técnicos, de hardware, software, teléfono, Internet, virus informáticos o problemas de conexión, o por retraso, caída o mal funcionamiento de cualquier tipo incluyendo, pero no restringido a, la pérdida o no disponibilidad de conexiones en la red, fallos, dispositivos incompletos o distorsionados o fallos en las transmisiones telefónicas o de datos, fallos de correos o huelgas, errores tipográficos o del sistema, y errores humanos. Además, JAECOO se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar EL SORTEO si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los usuarios en la misma, tal y como se ha venido expresando anteriormente en las disposiciones anteriores. JAECCO tampoco será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables y quedará exenta de toda responsabilidad si concurriere algún caso de responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del Premio.

DECIMOSEGUNDA. - FISCALIDAD

Al Premio del SORTEO le será de aplicación la i) Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; ii) el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero; iii) la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; iv) la Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo. De conformidad con la citada normativa, se informa a los Usuarios del presente SORTEO que el premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios está sujeto a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros, siendo la base de la retención, en este caso, el importe en metálico del premio y el tipo de retención de acuerdo con lo establecido en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre y 75.2.c) y 99.1 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. JAECOO no asumirá el importe de dicha retención, que será descontado del Premio a entregar, por lo que, en su caso, corresponderá a JAECOO la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, concretamente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, JAECOO practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el Premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al ganador en cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el Premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El usuario ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI, NIE o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI/NIE. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido. JAECOO y el usuario ganador serán, cada uno de ellos, responsables del pago de los impuestos de los que, cada uno, sea sujeto pasivo, y que se deriven de la aplicación de la normativa vigente antes indicada.

DECIMOTERCERA. - ADMINISTRACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL SORTEO.

JAECOO informará a los Usuarios de cualquier extremo y circunstancia relacionada con EL SORTEO a través de la página web, redes sociales o mediante cualquier otro medio publicitario determinado por JAECOO.

DECIMOCUARTA. - LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

En lo no previsto en las presentes Bases, así como en la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir como consecuencia de las mismas, será de aplicación la legislación española y las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.

DECIMOQUINTA. - ACEPTACIÓN DE BASES

La participación en EL SORTEO supone la aceptación, en su integridad, de las presentes Bases, así como el criterio de JAECOO en la resolución de cualquier conflicto que pudiera generarse en la interpretación de las mismas. _______________________ P.p. Li Shulong

Promoción disponible hasta el 31 de agosto de 2025

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